¿Por qué no se admiten mascotas en algunos pisos de alquiler?

Una mujer juega con su perro en un piso donde sí admiten animales

La gran mayoría de familias en España tienen una mascota y normalmente suele ser un perro o un gato, pero los hay que tienen hurones, tortugas, patos, hámster, chinchillas, ratas, serpientes, conejos, etc. Cuando una persona joven se independiza, es bastante probable que una de esas mascotas con las que convive, se vaya con él, así como también es bastante probable que, tras independizarse, decida adoptar un perro o un gato. El problema llega cuando el propietario dice que en su piso no se admiten mascotas y la gran pregunta es, ¿esto es legal?

Todos tenemos un amigo, pareja, compañero de trabajo o familiar que está buscando piso, pero al tener un perro, gato, conejo, chinchilla o alguna mascota, no le dejan alquilar, aunque el dinero no sea un problema. Vamos a explicar por qué sucede esto, si es legal o no y qué sucede si decidimos saltarnos lo que nos dice el propietario y meter a nuestro perro o gato en el piso.

Las mascotas alegran nuestra vida, nos hacen compañía, nos ayudan a ser mejores, nos animan a salir a pasear, nos mantenemos activos con ellos, nos hacen personas más responsables y empáticas, nos ayudan a socializar, etc. pero a la hora de alquilar un piso… se pueden convertir en nuestro peor enemigo o en nuestra peor pesadilla. Aunque realmente la culpa no es de ellos, ni siquiera nuestra por haberlos adoptados y darles una vida digna, el problema es de los propietarios y de la Ley actual que no es clara, sino que deja abierta la situación del alquiler y de las mascotas.

¿Cuál es el motivo de la prohibición?

El hecho de ver pisos donde no admiten mascotas no lleva intrínseco un motivo, puesto que el propietario podrá poner el motivo que quiera, es decir, no hay uno concreto. Es más, el propietario no tiene ni por qué dar explicaciones. Basta con decir que en su piso no se admiten mascotas y no alquila su piso a inquilinos con mascotas, y fin de la discusión.

A veces son amables y nos indican que otros inquilinos tenían varios perros y rompieron una puerta, por ejemplo. Otros en cambio, suelen poner ciertas restricciones como el tipo de perro, tamaño, raza, o negarse solo a gatos, por eso de que arañan sofás y cortinas, aunque la problemática de los pelos recae en ambas especies. Los hay que, por no arriesgarse, directamente no aceptan mascotas de ningún tipo ni un hámster, ni un canario ni nada.

Un perro y un gato en un piso donde admiten mascotas

Nosotros recomendamos hablar con los dueños, ya que podría surgir algún tipo de opción, trato, favor o algo que nos permita vivir en ese piso sin tener que separarnos de nuestro perro, gato, conejo, o la mascota que sea.

Si admiten mascotas debe aparecer en el contrato

La ley no prohíbe el alquiler de viviendas a inquilinos con mascotas, ni en la Ley de Propiedad Horizontal, ni el Código Civil o Penal. Por lo que se deja la puerta abierta y que sea el propietario quien decida. El único sitio donde se menciona el tema es en la Ley de Arrendamientos Urbanos artículo 4.2: «(…)los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados (…)».

Es decir, el casero tiene el poder en su mano y solo él prohíbe la entrada de animales en su vivienda. Tanto en el caso en el que no se permitan mascotas en la vivienda como en el caso en el que sí se permitan, ha de reflejarse en el contrato.

Si no se refleja ni la negativa ni la conformidad, entonces sí se puede convivir con mascotas y nadie debería decirnos nada. El propietario no ha expresado su prohibición, por lo que se considera una aceptación y los inquilinos tenemos derechos a vivir en esa casa con nuestras mascotas.

Si en el contrato se refleja que NO se admiten mascotas en el piso y el inquilino hace caso omiso y convive con animales en el piso, el propietario está en su derecho de expulsar a los inquilinos tal y como se detalla en el artículo 27.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.


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