Sanción a Mercadona por información engañosa en sus tortillas de avena

  • El Ministerio de Consumo impone una multa de 30.000 euros a la cadena valenciana.
  • El etiquetado de las tortillas de avena 51% de Hacendado presentaba tres irregularidades graves.
  • La sanción confirma que los supermercados son responsables legales de su marca blanca.
  • FACUA fue la entidad que impulsó la denuncia original ante las autoridades competentes.

Multa a Mercadona por el etiquetado de tortillas de avena

Parece que a la cadena de Juan Roig le ha salido cara la jugada con uno de sus productos más buscados en la sección de panadería. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha decidido que Mercadona debe pagar una multa de 30.000 euros tras detectar irregularidades que no han pasado por alto los técnicos de la administración. La polémica gira en torno a sus famosas tortillas de avena, un producto que muchos consumidores compraban pensando que era más saludable de lo que realmente reflejaba su envoltorio.

La voz de alarma la dio la asociación FACUA-Consumidores en Acción, que no dudó en señalar que el etiquetado de este alimento podía inducir a error a cualquier persona que hiciera la compra con prisas. Tras un análisis detallado, el Secretario General de Consumo y Juego ha ratificado que se cometieron tres infracciones leves, pero castigadas en su grado máximo, lo que ha acabado sumando una cifra nada despreciable para la empresa valenciana, que ahora se ve obligada a mover ficha.

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Detalle del producto sancionado de Mercadona

Para entender por qué se ha llegado a este punto, hay que desglosar los errores encontrados, ya que cada uno ha supuesto un palo de 10.000 euros de forma independiente. En primer lugar, las autoridades han determinado que la denominación de «pan especial» no era la correcta, ya que el producto no cumplía con los estándares exigidos para llevar ese nombre en relación con la harina integral, similar a lo que ocurre con el pan cristal de Mercadona en términos de categorización. Es un tema técnico, pero fundamental para que el cliente sepa exactamente qué está metiendo en el carrito.

Además, se ha detectado que el envase omitía los datos de contacto de la empresa que realmente pone el nombre al producto, algo que contraviene la normativa europea de información alimentaria. Por si esto fuera poco, la presentación visual y el nombre comercial sugerían una cantidad de cereal integral que no se correspondía con la realidad. Al final, lo que parece una simple tortilla de avena se ha convertido en un auténtico quebradero de cabeza legal por no ser lo suficientemente transparente con el público.

¿Avena al 51% o un simple truco matemático?

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Uno de los puntos que más ampollas ha levantado es la forma en que se anunciaba el porcentaje de avena. Aunque el paquete lucía un llamativo «51%», resulta que esa cifra se refería solo a la proporción de avena dentro del total de harinas utilizadas, no sobre el peso total de la tortilla. En la práctica, esto significa que el ingrediente estrella apenas suponía una quinta parte de la composición total, algo que desde Consumo consideran que lleva a engaño claramente al consumidor medio que busca cuidarse.

La normativa es muy clara al respecto: en este tipo de panes especiales no se puede destacar un solo cereal si se están mezclando varios tipos de harina, como es el caso, ya que contienen también trigo y lenteja. Al no mencionar estos ingredientes en el nombre principal, el comprador no tiene forma de saber qué está comiendo realmente si no se lee la letra pequeña del reverso, una práctica que el Ministerio quiere erradicar para proteger nuestros derechos en el supermercado.

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Un precedente para todas las marcas blancas

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Este caso no es solo una anécdota sobre unas tortillas, sino que marca un antes y un después en cómo se gestionan las marcas blancas en España. El Ministerio ha aprovechado esta resolución para dejar claro que el distribuidor es el responsable final de la información que aparece en sus productos, independientemente de quién sea el proveedor que los fabrique o los envase. Es un aviso a navegantes para que todas las grandes cadenas revisen sus etiquetas de arriba abajo si no quieren seguir el mismo camino.

Por su parte, la empresa no se ha quedado de brazos cruzados y ya ha manifestado que están valorando recurrir la sanción ante los tribunales. Según fuentes de la compañía, ellos defienden que el etiquetado cumple con la normativa vigente y que siempre intentan ofrecer una información veraz a sus «jefes», que es como llaman coloquialmente a sus clientes. Tienen un plazo de dos meses para presentar su recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por lo que el culebrón judicial todavía podría dar alguna que otra sorpresa.

Esta resolución administrativa pone sobre la mesa la importancia de la transparencia en la industria alimentaria, obligando a las grandes superficies a ser mucho más cuidadosas con los reclamos publicitarios que utilizan en sus estantes. Al final, lo que se busca es que cuando leamos un porcentaje en un envase, este sea fiel a la realidad del producto y no una interpretación creativa de las cifras que pueda confundirnos a la hora de elegir una dieta equilibrada.